AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0046/2010-CA

Fecha: 05-Abr-2010

Fragmento 2

Por memorial presentado el 13 de diciembre de 2007 (fs. 10 a 18), se apersonan Miguel Ignacio Mardoñez Barrero y Julio Ariel Coronado López, por Hugo spechar Gonzales representante legal de la  Empresa Unipersonal de Servicios Agroindustrial Granos, manifestando que el 14 de noviembre de 2007, el Poder Ejecutivo expidió el DS 29339, por el que se aprobó el Programa Productivo para la Seguridad y Soberanía Alimentaria 2008, en cuyo art. 5 se establece:”(REGISTRO ESTADÍSTICO DE EXPORTACIONES). I. Se dispone el registro obligatorio de los siguientes rubros alimenticios: arroz, maíz, trigo, carne de res, tomate, papa, azúcar y aceites, en el Registro de Exportaciones que habilitará el Ministerio de Producción y Microempresa. II. El Ministerio de Producción y Microempresa, mediante Resolución Ministerial, reglamentará el procedimiento de Registro Estadístico de Exportaciones en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del presente Decreto Supremo”.