AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2010-CA

Fecha: 26-Abr-2010

rechazó

El Gerente de GRACO Santa Cruz a.i. del SIN, por Auto Motivado 003/2008 de 23 de enero, cursante de fs. 85 a 87, rechazó la solicitud de promover el incidente, fundamentando lo siguiente: 1) El incumplimiento del art. 60.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), referido a la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso dentro del cual se presentó el recurso, al evidenciarse que la misma “no se constituye en fundamento de la obligación tributaria establecida preliminarmente en la Vista de Cargo detallada precedentemente al no ser una norma de la cual dependa la decisión de la Administración Tributaria”; y 2) Los descargos presentados en forma posterior a la emisión de la Vista de Cargo 7907-7907-OVI0079.105/2007 de 13 de diciembre, serán valorados al momento de emitirse la Resolución Determinativa correspondiente.