AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2010-CA

Fecha: 06-May-2010

I.3.

I.3.    Notificado el representante de CESSA con el referido AC 0104/2010-CA el 28 de abril del año en curso, tal como se advierte de la diligencia cursante a fs. 73, interpuso el recurso de reposición dentro de término, argumentando que no es evidente que se haya sometido a la jurisdicción administrativa, adjuntando como prueba la siguiente documentación: a) Copia del memorial presentado el 23 de octubre de 2007 ante la Dirección Departamental de Trabajo de Chuquisaca, por el que el representante legal de CESSA interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Administrativa (RA) 208/207 de 19 de octubre, dentro del plazo establecido por el art. 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), con el fundamento de usurpación de funciones y falta de competencia de esa autoridad, argumentado además otros aspectos de fondo,  pidiendo que se revoque dicha resolución y se la deje sin efecto; b) Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2007, el representante de CESSA se apersonó ante la Dirección Departamental de Trabajo de Chuquisaca, para interponer recurso jerárquico dentro del plazo establecido en el art. 66 de la LPA, impugnando la competencia de las autoridades recurridas, agregando argumentos de fondo de la problemática laboral.