AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2010-CA-BIS
Fecha: 22-Jun-2010
I. ANTECEDENTES
Por Auto Constitucional 0255/2010-CA de 26 de mayo, cursante de fs. 38 a 39 de obrados, se dispuso que el recurrente en el plazo de diez días, de conformidad al art. 32 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), cumpla con la deficiencia formal observada, referida a la presentación de copia, fotocopia legalizada o testimonio de la notificación efectuada con las Resoluciones impugnadas.
Es necesario hacer referencia al Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional 002/2010 de 8 de marzo, referente a la reanudación de las labores de la Comisión de Admisión, disponiéndose que en los casos en los que hubiese ya existido resolución por parte de esta Comisión, ordenando la subsanación de defectos formales, y la misma estuviese notificada oportunamente a la parte recurrente, no corresponderá la aplicación de un nuevo plazo, sino debería emitirse la resolución pertinente.