AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2010-CA-BIS
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0370/2010-CA-BIS

Fecha: 22-Jun-2010

NO PRESENTADO

facultad conferida por los art. 4.I y II de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público y  en aplicación de lo dispuesto por el art. 32 de la LTC, dispone tenerse por NO PRESENTADO el recurso directo de nulidad, interpuesto por Jorge Villegas Fernández, Gerente Departamental de Chuquisaca de la Contraloría General de la República, en representación de Osvaldo Elías Gutiérrez Ortíz, Contralor General de la República.