II. La SC 0263/2010-R de 31 de mayo y sus fundamentos
La SC 0263/2010-R que motiva la presente disidencia revocó la resolución pronunciada por el Tribunal de amparo y denegó la tutela solicitada, sobre la base de la SC 1416/2004-R de 1 de septiembre, y en la Sentencia se sostiene que la interpretación efectuada por esa Sentencia “no contraviene el orden constitucional y por tanto de conformidad a lo previsto por el art. 4.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), resuelta aplicable (sic)”
Sin embargo, conforme a los argumentos expuestos precedentemente, el Magistrado que suscribe considera que la SC 1416/2004-R, al hacer una interpretación restrictiva de derechos, no está de acuerdo con el carácter garantista de la Constitución vigente que, como se ha visto, no condiciona la inamovilidad de la mujer embarazada al cumplimiento de requisitos previos, y menos a que se de aviso al empleador.
En consecuencia, correspondía generar un nuevo razonamiento a partir de la Constitución vigente, pues, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, contenida en la SC 0006/2010-R, entre otras, y en el propio Fundamento Jurídico III.1. de la Sentencia que motiva la disidencia, en la resolución de los casos que conoce este Tribunal se aplicará la Constitución Política del Estado vigente.
Finalmente, cabe señalar que la recurrente también denunció a través del amparo que fue retirada de su trabajo sin previa evaluación y aviso; sin embargo, este aspecto no ha sido motivo de análisis en la SC 0263/2010-R, cuando correspondía que, en cumplimiento de la congruencia y fundamentación que debe tener todo fallo constitucional, se responda a todas las denuncias efectuadas por la recurrente, actual accionante.
- I. La protección a la mujer embarazada
- porque el sentido de la norma es la protección de la maternidad por parte del Estado como lo expresa el precepto constitucional contenido en el art. 193 de la Carta Fundamental.
- deben tener necesariamente conocimiento fehaciente del estado de embarazo de la mujer, estando vigente la relación laboral, o sea antes de que ésta concluya
- Fragmento 4
- directamente aplicables
- II. La SC 0263/2010-R de 31 de mayo y sus fundamentos
