AUTO CONSTITUCIONAL 0439/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0439/2010-CA

Fecha: 12-Jul-2010

rechazó

Por Resolución Municipal 567/2008 de 31 de octubre, cursante de fs. 111 a 112, el Alcalde Municipal de La Paz, Juan Fernando Del Granado Cosio, rechazó promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Víctor Juan Conde Salcedo, con la siguiente fundamentación: a) El art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que: “El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”; b) El art. 142 de la Ley de Municipalidades (LM), establece que: “La vía administrativa quedará agotada en los siguientes casos: 1. Cuando se trate de resoluciones de recursos jerárquicos; y, 2. Cuando se trate de Ordenanzas Municipales emitidas por el Concejo Municipal”; y, c) Habiéndose pronunciado la Resolución Municipal 494/2008 de 30 de septiembre, que responde al recurso jerárquico, presentado por Víctor Juan Conde Salcedo, razón por la cual el recurso planteado ya no cumple con el principio de oportunidad para el que fue concebido, de acuerdo al art. 61 de la LTC.