Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0481/2010-CA
Fecha: 21-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003; 31 inc. 1), 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, en consulta resuelve, APROBAR la Resolución 273 de 21 de noviembre de 2007, cursante de fs. 20 a 21 vta., pronunciada por el Juez Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulada por Lider Justiniano Velasco.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR