AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0269/2010-CA

Fecha: 16-Sep-2010

I.2. Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente (fs. 80), mediante decreto de 17 de marzo de 2009, el mismo fue respondido por Martha Morales Baldivieso, Auditora Interna, quien por informe UAI/002-2009 de 19 de marzo de 2009 (fs. 81 a 82), responde al incidente manifestando que la Auditoria Interna de la Superintendencia General del SIRESE, ha efectuado la auditoria especial de contrataciones de servicios de consultoría por excepción y contratación de servicios de consultoría por producto, emitiendo el nforme preliminar SG/UAI/010-2007 respaldado por la opinión Legal SEG-029/2007, estableciendo indicios de responsabilidad, por lo que conforme a los arts. 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante DS 23215, fue sometido a aclaración, notificándose a las personas involucradas, las que tenían diez días hábiles para considerar el informe, concluido el mismo se elaboraría el respectivo informe y que de conformidad a lo dispuesto por el art. 43 inc. a) de la Ley SAFCO y art. 256 de las Normas de Auditoria Gubernamental, corresponde que Auditoria Interna emita su informe complementario, previa obtención de la opinión legal y remita los informes resultantes a la Contraloría General de la República con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 3 inc. 1) del citado Reglamento.