Sentencia: 0707/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0707/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

I. La SC 0707/2010-R de 26 de julio

La SC 0707/2010-R de 26 de julio, hace referencia a la SC 0512/2010-R de 5 de julio, que señala: “…quien se considere agraviado tiene el deber y responsabilidad de hacer uso de la reconsideración…”, concepción que recondujo el asumido por este Tribunal, en cuyo entendimiento la reconsideración no podía ser considerado como recurso.

Por los fundamentos reiterados en líneas precedentes, el criterio asumido por este Despacho discrepa con el entendimiento tomado en la Sentencia objeto de disidencia, pues considera que no debió haberse “reconducido” la línea jurisprudencial respecto a la reconsideración establecida en el art. 22 de LM, y más bien debió persistir el discernimiento manifestado por el Tribunal Constitucional en sus numerosas sentencias y reiterada en la SC 0126/2010-R, que fue emitida por este Tribunal en este año.