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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1897/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1897/2011-R

    Fecha: 07-Nov-2011

    2º

    2º En virtud a lo dispuesto por el art. 48. 4) de la LTC, en atención al tiempo transcurrido, se mantiene la validez de los efectos de la procedencia de la acción de libertad, en mérito a que la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, anuló las resoluciones impugnadas, para que las autoridades demandas emitan nuevas resoluciones.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • “procedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.La acción de libertad y la garantía del debido proceso
    • III.2.
    • 2º

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