AUTO CONSTITUCIONAL 074/2011-RCA
Fecha: 28-Feb-2011
no hizo uso del recurso de apelación,
Ahora bien, de las pruebas aportadas se constata que INSUMOS BOLIVIA, no hizo uso del recurso de apelación, que le franquea los arts. 21 y ss. Del Decreto Ley (DL) 14933 de 29 de septiembre de 1977, de Procedimiento Coactivo Fiscal, elevado a rango de Ley mediante la Ley 1178 de 20 de julio de 1990; vale decir, que la institución en su calidad de afectada con las notificaciones que supuestamente consideraba ilegales y que ahora denuncia vulneratorias de sus derechos y garantías constitucionales, no hizo uso del recurso de apelación que le franquea la ley y que se constituye en el medio de defensa eficaz y oportuno para la reparación de los actos que se consideran como ilegales o arbitrarios.
Por lo expuesto, se concluye que INSUMOS BOLIVIA al no haber impugnado los Autos Interlocutorios que rechazaron los incidentes de nulidad de notificación planteados, mediante el recurso de apelación establecido en la citada norma legal, con carácter previo a la interposición de la presente acción tutelar, no dio la oportunidad a las autoridades demandadas para pronunciarse sobre el asunto, pues no utilizó el medio de impugnación previsto en el ordenamiento jurídico, inobservando de esta manera la línea jurisprudencial señalada en la SC 1509/2010-R, sobre el principio de subsidiariedad establecido en el art. 96 de la LTC, omisión que se constituye en una causal de improcedencia del amparo constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- rechazó
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- no hizo uso del recurso de apelación,
- APROBAR