II.3. Análisis del caso concreto
La SC 1997/2010-R de 26 de octubre, objeto de la disidencia, concede la tutela solicitada ingresando al análisis de la problemática de fondo, sin tomar en cuenta que con carácter previo concurría la causal de falta de inmediatez, por lo que debió denegarse la acción tutelar en forma directa, en cumplimiento del procedimiento constitucional.
Es así que se concede la tutela solicitada por la exclusión y exoneración de la accionante en su calidad socia de la Cooperativa Minera San Juanito Montecarlo Ltda., alegando que esa exclusión fue a sola voluntad de los recurridos, ya que existe contra la accionante un sumario informativo aún no concluido; sin embargo como se asevera en el recurso y se advierte de los antecedentes, el sumario se inició el año 2004, sin que se advierta que en los cuatro años posteriores a esa situación, la accionante hubiese realizado alguna acción, reclamo o impugnación en ninguna instancia, ya sea interna, administrativa, judicial o cualquier otra. Por otro lado se aduce que los recurridos fueron notificados con la Resolución del X Congreso Ordinario de la Federación Regional de Cooperativas Mineras Auríferas en la que se dispuso se reconsidere la decisión adoptada de exonerarla de la Cooperativa, sin que tampoco se advierta que desde esa fecha hasta la interposición de la acción tutelar, la socia hubiese realizado alguna acción para hacer cumplir esa determinación.
De lo referido, se concluye el incumplimiento del principio de inmediatez característico de la presente acción tutelar, por ende debería denegarse la tutela solicitada por esa causal, criterio ratificado por el mismo proyecto cuando sostiene que se lesionó los derechos de la accionante, tomando en cuenta el tiempo transcurrido desde el inicio del sumario informativo hasta la fecha de presentación del amparo constitucional, estuvo suspendida ilegalmente de su condición de socia por más de tres años; en consecuencia la misma Sentencia advierte que durante tres años la accionante estuvo suspendida, sin que en dicho lapso de tiempo hubiese activado algún medio de defensa o impugnación.
