oportuna y efectiva
Esta conclusión, por otra parte, es refrendada por el contenido del derecho de acceso a la justicia previsto en el art. 115 de la CPE, pues la norma constitucional establece que la protección de los jueces y tribunales respecto a sus derechos e intereses legítimos, debe ser oportuna y efectiva; de ahí, precisamente, la necesidad de orientar la labor del juzgador mediante principios que posibiliten la protección del derecho de manera efectiva, sin que las exigencias formales impidan su protección oportuna y efectiva; pues, no debe de olvidarse que uno de las finalidades de la justicia constitucional es precautelar el respeto y la vigencia de derechos y garantías constitucionales.
Por los argumentos señalados, el Magistrado que suscribe considera que debió ingresarse al análisis de fondo de la demanda formulada por el ahora accionante, y siendo ciertas las denuncias efectuadas en el recurso, correspondía aprobar la Resolución revisada y, por ende conceder la tutela solicitada.
- Partes:
- I.1. Problema jurídico planteado
- concedió
- revocó
- II. FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA
- Una tercera excepción se justifica por la necesaria prevalencia del derecho sustancial frente al derecho formal
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva de los derechos e intereses legítimos
- precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales”.
- oportuna y efectiva
