Partes:
Partes: Miguel Ángel Morales Aracena contra Alfonso Gemio Urrutia, Comandante General de la Policía Nacional; Rolando Viscarra Salazar, Inspector General de la Policía Nacional; Antonio Pardo Montalvo, Director Nacional de Personal de la Policía Nacional; Carlos Quiroga Pérez, Director Nacional de la Dirección Nacional de Responsabilidad Profesional de la Policía Nacional; David G. de la Torre Gonzáles, Fiscal Policial asignado a la Dirección Nacional de Responsabilidad Profesional de la Policía Nacional; Alejandro Basto Rodríguez, Investigador asignado al Grupo Beta de la Dirección Nacional de Responsabilidad Profesional de la Policía Nacional; Carlos Giglher Tejerina, Presidente; Oscar Chávez Rueda, Iver Antonio Márquez Vacaflor, Jorge Antonio Saravia Castillo, Félix Molina Oblitas; Vocales Titulares, Vocales Suplentes; y Gualberto Albornoz A., Fiscal General; todos del Tribunal Disciplinario Superior Permanente; Guildo Ortuño Jiménez, Presidente; Jorge Larrea López; Pepe René Arana Rada; Ramón Sepúlveda Mariana; Félix Segales Angulo y Marco Antonio Ortuño Andia, Vocales Permanentes del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de La Paz
- Partes:
- I.1. Problema jurídico planteado
- concedió
- revocó
- II. FUNDAMENTOS DE LA DISIDENCIA
- Una tercera excepción se justifica por la necesaria prevalencia del derecho sustancial frente al derecho formal
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- oportuna y efectiva de los derechos e intereses legítimos
- precautela el respeto y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales”.
- oportuna y efectiva
