2. El razonamiento utilizado en la Sentencia objeto de la presente disidencia
A tiempo de señalar entre los fundamentos jurídicos del fallo que, las SSCC 1651/2004-R, 1803/2004-R y 0807/2004-R, entre otras, han establecido que: "…para la procedencia del hábeas corpus es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, ello debido a la falta de legitimación pasiva, calidad que de acuerdo a lo sostenido por la SC 0691/2001-R de 9 de julio reiterada en las SSCC 0817/2001-R, 0139/2002-R, 1279/2002-R y otras, se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción (…)", en el proyecto en análisis consideran que dicha jurisprudencia resultaría aplicable al caso de autos, bajo el siguiente razonamiento que literalmente transcrito del acápite III.3 de los Fundamentos Jurídicos de la sentencia en análisis señala: “De la revisión del expediente, en el acta de la audiencia pública de acción de libertad, se evidencia que, es el propio accionante quien manifiesta que: “otros señores me han detenido no era el cabo Romer Suárez pero llamaron a él porque era encargado del caso”(sic). Éste aspecto es ratificado por el demandado que a su turno, en el uso de la palabra en la audiencia, sostuvo que a momento de la aprehensión, éste se encontraba en una audiencia de medida cautelar. Consiguientemente, el demandado carece de legitimación pasiva en la presente acción, teniendo en cuenta que éste mecanismo debe ser dirigido contra la autoridad o funcionario que cometió el acto ilegal o la 0misión indebida o contra quien impartió o ejecutó la orden o que dio lugar a la persecución o detención, circunstancia que en el caso no aconteció”(sic).
- objeto
- 2. El razonamiento utilizado en la Sentencia objeto de la presente disidencia
- 3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad
- subsidiariedad excepcional
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 6
- 4. La legitimación pasiva en las demandas de acción de libertad
- 5. Análisis del caso concreto
