SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2011-R

Fecha: 06-Jun-2011

III.3. Análisis del caso concreto

En la problemática planteada, señalada e instalada la audiencia de consideración de la solicitud de cesación de la detención preventiva de la accionante, se estableció que la Jueza demandada, dispuso la suspensión de dicha actuación procesal porque la Fiscalía no fue notificada con la documentación presentada en audiencia y no se presentó toda la documentación complementaria que fue solicitada por la accionante, sin que la Jueza demandada hubiere señalado día y hora para la reanudación de la audiencia; cuando lo que correspondía era continuar con  la celebración de la misma, y  ordenar se notifique en esa actuación procesal con la documentación existente, toda vez que la autoridad demandada debió señalar nuevo día y hora de audiencia para considerar lo pretendido por la accionante.