II. Sobre el motivo de la disidencia
Sin embargo, considera que el nuevo entendimiento jurisprudencial, si bien debe ser aplicado a aquellas situaciones en las que se restringió el derecho a recurrir; empero, no debe ser empleado desfavorablemente, para denegar la tutela constitucional por falta de agotamiento de ese medio de impugnación -apelación incidental-, pues estaría efectuándose una aplicación desfavorable de la SC 0636/2010-R, conforme se pasa a explicar en los fundamentos que a continuación se desarrollan.
- I. Las SSCC 0406/2011-R y 0636/2010-R
- II. Sobre el motivo de la disidencia
- II.1. La jurisprudencia en el tiempo
- 1)
- es hacer justicia
- ,
- la búsqueda
- II. El caso analizado en la SC 0406/2011-R
- para efecto de denegar la tutela solicitada y limitar el acceso a la justicia constitucional, menos aún -como en el caso analizado- para revocar la concesión de la tutela.
