SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1113/2011-R

Fecha: 23-Ago-2011

III.3. Análisis del caso concreto

En el caso de autos, no es posible ingresar al análisis de fondo de la presente acción tutelar, toda vez que de los antecedentes del mismo, se advierte que el accionante previamente a activar la justicia constitucional, dentro del caso penal que ocasionó la supuesta restricción del derecho a la libertad de locomoción de su representado, debió acudir ante el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, por cuanto el control jurisdiccional del caso investigado, se encontraba a cargo de dicha autoridad, quien en función de su rol de contralor de los derechos y garantías de los imputados, podía analizar los supuestos demandados por el accionante.

         En ese entendido, al existir una vía idónea para restablecer los derechos supuestamente lesionados, correspondía al accionante, acudir con carácter previo,  ante el Juez encargado del control de derechos y garantías dentro del proceso penal y sólo agotada esta vía acudir a la justicia constitucional, a través de esta acción de defensa.