Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1362/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
II.1.
II.1. A fs. 27, se encuentra certificado del Hospital “San Juan de Dios”, que se emitió atendiendo un pedido del Alcalde demandado, por el cual se interpretó el certificado médico de fs. 9 presentado por la accionante, se evidencia que hasta el 12 de julio de 2008, la accionante tenía 4.1 semanas de embarazo y considerando que fue despedida el 1 de agosto de 2008, se establece con claridad que tenía derecho a la inamovilidad, establecida por la Ley 975.