SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1362/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
III.2. Análisis del caso concreto
Al haberse comprobado en obrados que mientras se encontraba en su fuente laboral la accionante ya contaba con más de 8 semanas de embarazo y al haber sido despedida en dichas circunstancias, se vulneró el derecho a la inamovilidad en la función pública que desempeñaba, misma que alcanza hasta que su hijo cumpla un año. De esta manera se comprueba que se vulneró el derecho al trabajo y a una remuneración justa.
Como consecuencia de la inamovilidad que goza la mujer embarazada en entidades públicas o privadas, conforme a la Ley 975, surge el derecho a recibir los subsidios de prenatalidad, natalidad y lactancia, ya que está cubierta por la seguridad social que no sólo protege a la mujer sino también hasta que el hijo cumpla un año.