AUTO CONSTITUCIONAL 0860/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0860/2012-CA

Fecha: 20-Nov-2012

a)

a)    Los solicitantes René Gómez Tigua Belarmino Solano Salazar, Carlos Bazán Mendoza, Silvia Eugenia Canda Baldivieso y Marco Antonio Casiano Ramón acreditaron ser miembros del Directorio de la Asamblea Autonómica Guaraní en Charagua como Presidente, Vicepresidente, Primer Secretario, Segunda Secretaria y Tercer Secretario respectivamente. Asimismo, Sebastián Sambaquiri Arias, Ruth Yarigua Coronillo, Hubert Rivero Méndez, Ambrocio Choquindi Francisco, han acreditado haber sido designados Capitanes Grandes de Parapitiguasu, Charagua Norte, Bajo Isoso y Alto Isoso, respectivamente (fs. 55 y 58). Acompañan también  copias simples de sus cédulas de identidad (fs. 59 a 67) y fotocopia legalizada del Acta de conformación y posesión de la Directiva del Órgano Deliberativo (fs. 68 a 70).

Asimismo cursa en obrados la Resolución TSE 0179/2012 de 27 de septiembre (fs. 44 a 47) de aprobación del informe de conformidad       de la supervisión del acceso a las autonomías indígenas originario campesino del Municipio de Charagua, así como el Acta de Acreditación del Órgano Deliberativo por lista y número (fs. 55 a 58), documentos emanados por el Tribunal Supremo Electoral; encontrándose por tanto, legitimados para acudir ante éste Tribunal con la solicitud de referencia, de conformidad con lo establecido por el art. 118.II del CPCo.