SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2177/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2177/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.2.

El art. XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes (DADD), que expresa: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada correspondiente a las necesidades de una vida decorosa, que contribuya a mantener la dignidad de la persona y del hogar”, en el mismo sentido el art. 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CASDH), establece que: “Toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes…”, es decir, al derecho de usar, percibir los frutos y disponer del mismo que se hace oponible a terceros, a través de su publicidad (art. 1545 del Código Civil [CC]), sin otras limitaciones que las establecidas por la ley.