Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0889/2012-CA
Fecha: 07-Dic-2012
iii)
iii) Identificó la norma cuestionada señalando como inconstitucional el art. 1 última frase, disposiciones adicionales quinta, sexta, séptima, octava, novena y décima primera de la Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado - “gestión 2012-II” (sic) y por conexitud y concordancia la Disposición Final Tercera de la Ley de Presupuesto General del Estado - gestión 2012, por considerar que contradicen los arts. 115, 158.I num. 11, 159.6 y 8, 178, 321 y 410.II de la CPE.