AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2012-CA

Fecha: 22-Feb-2012

a)

Señalan que, a partir de la jerarquía normativa contenida en la doctrina y la prevista en la Constitución Política del Estado, se establece que; a) El decreto ley tiene la misma jerarquía que una ley; b) No ha sido cuestionada la constitucionalidad de la "Ley de la Abogacía", que está plenamente vigente; c) El decreto supremo es de jerarquía inferior a una ley; y no puede abrogar una ley o decreto ley; d) El DS 100 consigna expresamente la abrogación del Decreto Ley (DL) 16793 de 19 de julio de 1979 -"Ley de la Abogacía"; y, e) El DS 100 atenta contra los principios de jerarquía normativa y primacía constitucional.

Concluyen indicando que, el Decreto Supremo impugnado pretende abrogar una norma de rango superior; además, de reglamentar el ejercicio de la abogacía, determinando la forma en la que se habilitan los abogados, asignando la potestad de realizar el registro público de abogados al Ministerio de Justicia, precisando la función que deben cumplir los Colegios de Abogados de prestar información a este último, reglamentando de esta forma los derechos fundamentales a asociarse para fines lícitos, al trabajo y al libre ejercicio de la personalidad.