AUTO CONSTITUCIONAL 0063/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
II.6. Análisis del caso presente
En el caso que se analiza, consta que el incidente de inconstitucionalidad fue presentado dentro del recurso de reconsideración formulado contra la Resolución Municipal 028/2011 de 15 de marzo, a través de la cual se destituyó “y suspendió definitivamente” al Concejal, Iván Richard Orihuela Bello, por haberse dictado en contra suya una sentencia condenatoria, la misma que se encuentra ejecutoriada. Sin embargo, como se tiene de la jurisprudencia anteriormente glosada, la reconsideración fue interpuesta contra una Resolución Municipal dictada dentro de un procedimiento de suspensión de un Concejal del Municipio de Warnes, y no así dentro de un proceso administrativo como tal, en el que se tenga que dictar una resolución que dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas impugnadas, conforme exige el art. 59 de la LTC, por lo que el incidente formulado carece de fundamentación jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo de la problemática planteada.
Por otra parte, el Concejo Municipal de Warnes, en oportunidad de admitir la acción de inconstitucionalidad de referencia, dictó la Resolución 043/2011, la misma que carece de la debida fundamentación, pese a que el art. 62.2 de la LTC, exige de manera clara que se debe dictar auto motivado al admitir el incidente.
Al respecto, es menester aclarar que, ante dicha omisión, correspondería devolver antecedentes a la autoridad consultante para que formule nueva resolución debidamente fundamentada, y cumpla con lo que dispone el citado art. 60.2 de la LTC. Sin embargo, por razones de economía procesal, la Comisión de Admisión de este Tribunal, tiene atribución de rechazar directamente la solicitud para promover este recurso de inconstitucionalidad al evidenciar el incumplimiento de las condiciones de admisibilidad por parte de los incidentistas.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Naturaleza jurídica del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.5. De la suspensión y destitución de autoridades municipales
- la determinación de suspender temporalmente a un concejal
- II.6. Análisis del caso presente
- 2º