Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
Está usted de acuerdo en que su municipio adopte la condición de Autonomía Indígena Originario Campesina, de acuerdo con los alcances y preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado?”
De la misma manera sostienen que, en cumplimiento de lo establecido por el art. 6 de la Ley 2769 de 6 de julio de 2004, mediante Ordenanza Municipal (OM) 88/2009 de 4 de septiembre, convocaron a referendo municipal por iniciativa popular para el 6 de diciembre del citado año, en el cual se pondría en consideración de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral del Municipio de Tarabuco la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo en que su municipio adopte la condición de Autonomía Indígena Originario Campesina, de acuerdo con los alcances y preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado?”.
- I.1. Antecedentes
- Está usted de acuerdo en que su municipio adopte la condición de Autonomía Indígena Originario Campesina, de acuerdo con los alcances y preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado?”
- I.2. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 5
- por medio del referendo
- 2.-
- RECHAZAR