Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2012-CA
Fecha: 22-Feb-2012
SUBSANEN
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de lo establecido por el art. 4.1 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone que: Los demandantes Alcides Villagómez Ibáñez y María Arias de Paz, Presidente y Secretaria de la Asamblea Legislativa Departamental del Gobierno Autónomo de Santa Cruz, en el plazo de diez días hábiles, SUBSANEN la deficiencia formal observada, bajo conminatoria de tener por no presentado el recurso.