Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0108/2012-CA
Fecha: 27-Feb-2012
ACEPTAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010 modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone: ACEPTAR el DESISTIMIENTO formulado por Ernesto Mario Montaño Olmos, dentro el recurso directo de nulidad planteado contra Mario Uribe Melendres, Fiscal General del Estado, demandando la nulidad del Instructivo 779/2009 de 3 de noviembre y de la Resolución F.G.C. 031/2009 de 7 de diciembre, disponiendo el consiguiente archivo de obrados.
- I.1. Antecedentes con relevancia jurídica
- I.2. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS
- ACEPTAR