AUTO CONSTITUCIONAL 0326/2012-CA
Fecha: 13-Abr-2012
I.1. Antecedentes
Por memorial presentado el 1 de octubre de 2010, cursante a fs. 46 a 50 vta., y ratificado por memorial de 16 de marzo de 2012, (fs. 53 a 57 vta.), el recurrente manifiesta que el Gerente General de la empresa “PAN AMERICAN SILVER BOLIVIA S.A.”, conformó una comisión especial para propiciar un proceso administrativo interno en su contra, usurpando funciones que no le competen y propiciando la invasión de las competencias de otro órgano; posteriormente, el 20 de septiembre de 2010, se dictó la Resolución de la Comisión Especial de Procesamiento Interno Administrativo, por el cual se resuelve designar como autoridad sumariante a Federico Fernández Muñecas, para que tenga conocimiento del proceso administrativo seguido en su contra y el 3 del citado mes y año, la Autoridad Sumariante, inicia proceso interno administrativo.
Argumenta que, una vez notificado con la referida Resolución, pudo constatar que el nombramiento de la autoridad sumariante, no responde al Reglamento Interno de la Empresa, pues, el proceso debió ser tramitado ante una Comisión Mixta Obrero Empleadora, vulnerando el art. 122 de la Constitución Política del Estado (CPE), al conformar tribunales especiales, al margen de la Ley.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petitorio
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- sólo
- RECHAZAR