AUTO CONSTITUCIONAL 0360/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0360/2012-CA

Fecha: 16-Abr-2012

rechazó

Por Resolución 13/2009 de 3 de noviembre, cursante de fs. 204 a 206, el Tribunal Disciplinario de la Dirección Distrital de Educación de Viacha, rechazó el incidente de inconstitucionalidad suscitado por Wicleff Poma Poma, bajo los siguientes argumentos: a) El art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), establece que el recurso indirecto de inconstitucionalidad procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos, lo que significa que el recurso sólo procede, cuando la disposición legal sobre cuya constitucionalidad exista duda, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo; b) El ahora recurrente fue debidamente notificado con todas las actuaciones, por lo que no se vulneró su derecho a la defensa; y, c) Las garantías constitucionales mencionadas por el recurrente fueron debidamente protegidas.