AUTO CONSTITUCIONAL 0451/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0451/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

rechazaron

Por Resolución 560/2010 de 12 de octubre, cursante de fs. 29 a 30, los Consejeros del Consejo de la Judicatura, rechazaron el incidente de inconstitucionalidad suscitado por Juan Freddy Gonzáles Gonzáles, con los siguientes fundamentos: a) El Tribunal Sumariante pronunció Sentencia declarando probada la acusación contra el incidentista; y, b) El Consejo de la Judicatura es el órgano administrativo y disciplinario del Poder Judicial cuyas competencias se encuentran establecidas en la Ley del Consejo de la Judicatura, entre las que se encuentran las correspondientes atribuciones en materia reglamentaria para elaborar, aprobar, modificar reglamentos y en su caso modificarlos, y en base a las mismas se aprobó mediante Acuerdo 329/2006, el Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial.