AUTO CONSTITUCIONAL 0489/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0489/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

2.

2.     Por consiguiente, cumple con los requisitos de admisión exigidos por el art. 56 de la misma norma legal, referidos a acreditar su personería y precisar las normas constitucionales que se entienden infringidas, así como los requisitos generales establecidos por el art. 30 de la referida Ley, en lo pertinente.

        Poner el presente recurso directo de inconstitucionalidad en conocimiento de Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, como personero del Órgano que generó la norma impugnada, de conformidad a lo dispuesto por el art. 57.I de la LTC, a efecto de su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de quince días.