Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0568/2012-CA
Fecha: 11-May-2012
II.2. De los requisitos de admisión
1. El recurrente Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo, acreditó su titularidad a través de fotocopias legalizadas, cursantes de fs. 20 a 21 vta., encontrándose legitimado para interponer el presente recurso, de conformidad con lo establecido por el art. 55 inc.4) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).