AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2012-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2012-ECA

Fecha: 10-May-2012

II.2.  Análisis del contenido de la petición de complementación y enmienda

En el caso que se analiza, la Sala Civil Primera, como Tribunal de garantías, concedió la acción de amparo constitucional interpuesta por Mónica Patricia Mealla Guardia, sin costas por ser demandado el Estado, ordenando expresamente que las autoridades demandadas reincorporen a la accionante a su fuente laboral en el término de veinticuatro horas, así como que los demandados ordenen y hagan seguimiento para el pago inmediato de salarios devengados, aguinaldo, subsidio pre y post natal, de lactancia y todos los beneficios que corresponden a la accionante como funcionaria pública desde el momento de su contratación. La referida Resolución de garantías fue aprobada por este Tribunal, entendiéndose que esa aprobación comprende la concesión de tutela en los términos dispuestos por ese Tribunal, consiguientemente no existe ningún concepto obscuro, error material u omisión que amerite ser aclarado o complementado por el Tribunal Constitucional Plurinacional.