SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2012
Fecha: 24-May-2012
denegando
Concluida la audiencia, Gloria Pedraza Sandoval, Jueza de Partido, Mixto y de Sentencia de Cotoca del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 01/2012 de 6 de enero, cursante de fs. 66 vta. a 71, denegando la acción de libertad con costas, con los siguientes fundamentos: 1) La acción de libertad no puede ser desnaturalizada en su esencia y finalidad, debiendo evitarse que se convierta en un medio alternativo o paralelo que provoque confrontación jurídica con la jurisdicción ordinaria, por lo que se estableció que en materia penal las actuaciones no judiciales antes de la imputación formal y judiciales posteriores a la imputación, deben ser impugnadas al Juez controlador; 2) La presente causa se encuentra bajo el control jurisdiccional de la Jueza de instrucción de Cotoca y los derechos vulnerados deben ser denunciados ante esa autoridad, así como las ilegalidades cometidas por el Fiscal; y, 3) Esta acción podría operar solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas.