Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 00634/2012-CA
Fecha: 06-Jul-2012
desde que el afectado tiene evidente conocimiento
En ese contexto debe entenderse que el plazo corre no solamente a partir de la ejecución del acto o de su notificación expresa, sino también desde que el afectado tiene evidente conocimiento de la determinación que le causa agravio porque considera que fue pronunciada sin jurisdicción ni competencia (las negrillas son persuasivas).