Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0742/2012-CA
Fecha: 07-Sep-2012
d)
d) Hace mención a la vinculación necesaria, entre la validez constitucional del precepto impugnado y la decisión que se adoptará al momento de resolverse el proceso administrativo laboral; toda vez que, éste no contempla la forma de tramitación de las excepciones como de incompetencia, presentada contra el Tribunal arbitral, que estaría asumiendo conocimiento de la causa sin contar con la competencia para asumir ese proceso, y que no estaría dentro de sus atribuciones.