Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0755/2012-CA-BIS
Fecha: 13-Sep-2012
I.1. Antecedentes
Por memoriales presentados el 19 de julio de 2012, cursante de fs. 14 a 16 vta., y el de subsanación de 30 de agosto del mismo año (fs. 23 y vta.), el recurrente refiere que el 10 de octubre de 2011, su representante legal interpuso demanda contencioso administrativa contra el Ministerio de Economía y Finanzas, impugnando la Resolución Ministerial Jerárquica MEPP/VPSF/URJ-SIREFI 032/2011, complementada y enmendada el 13 de julio de ese año. Sin embargo, una vez presentada la demanda, los Magistrados titulares del Tribunal Supremo, dispusieron que se acredite la fecha de la notificación con la resolución impugnada, concediendo diez días bajo conminatoria de tenerse por no presentada la demanda.