AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2013-RCA

Fecha: 04-Oct-2013

improcedencia

Por Resolución 57/13 de 2 de septiembre de 2013, cursante a fs. 231 a 232, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, declaró la improcedencia de la acción de amparo constitucional, fundamentando: a) Los requisitos para la presentación de las acciones de defensa como la que se encuentra en análisis se encuentran en el art. 77 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP); b) Se verificó la falta de legitimación pasiva que debe estar claramente identificada, estableciéndose quienes son los que asumieron efectivamente la decisión levisa de derechos; y, c) No se expuso de forma clara y precisa los derechos vulnerados que sirvan de fundamento, es decir, no existe relación de causalidad con el petitum de la acción.