AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2013-CA

Fecha: 22-Oct-2013

c)

c)      Por otra parte, adjuntaron la Ordenanza Municipal (OM) 090/2013 de 20 de mayo (fs. 35), la cual fue elaborada en virtud al Acta de la Sesión Extraordinaria 15/2013 de la misma fecha (fs. 34), manifestando que después de la deliberación del Pleno del Concejo Municipal del Gobierno Municipal de Sica Sica, y después de la revisión exhaustiva artículo por artículo del proyecto de la carta orgánica, se aprobó en grande y en detalle por dos tercios de los miembros del mencionado Concejo Municipal, que fue sometida a consideración de la sociedad civil. Sin embargo, no acreditó que la misma haya sido elaborada de manera “participativa”, conforme exige el art. 275 de la CPE, mandato constitucional que no puede ser omitido.

Al respecto, la participación debe ser acreditada, a través de las actas de debates de todas las sesiones efectuadas por las respectivas comisiones que sirvieron para la elaboración del anteproyecto de la carta orgánica, donde se evidencie las propuestas, contrapuestas y aprobación de los artículos, dado que no es suficiente presentar las invitaciones enviadas a diferentes organizaciones sociales, gremios y comunidades, para que participen en la elaboración de dicho proyecto.