AUTO CONSTITUCIONAL 0423/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0423/2013-CA

Fecha: 28-Oct-2013

I.2. Respuesta a la acción

Por proveído 12-01461-13 de 2 de octubre de 2013 (fs. 69), se corrió traslado la acción de inconstitucionalidad concreta; por memorial presentado el 7 de octubre de 2013, cursante de fs. 71 a 75, la Consultora Individual de Línea del Departamento de Normas y Contencioso de la Dirección Nacional Jurídica de la AJ, respondió a la acción, indicando que la ésta fue creada por la Ley de Juegos de Lotería y de Azar, gozando de amplias atribuciones conferidas, entre ellas emitir resoluciones que regulen juegos de lotería y azar, en ese entendido las Resoluciones impugnadas se pronunciaron en ejercicio de la función administrativa y en aplicación de la citada Ley, negando que alteren de alguna manera el orden público, más al contrario garantizan al Estado el cumplimiento de sus fines, por lo que no pueden considerarse inconstitucionales, siendo que los intereses del Estado están por encima de los intereses particulares.

Finalmente alude que, el accionante no cumplió los requisitos para la admisión de la acción, no demostró que la resolución del proceso dependa de alguna manera de la declaración de constitucionalidad de las normas impugnadas, careciendo ésta de forma y contenido, como tampoco determinó de qué forma los artículos constitucionales que considera lesionados tienen relación con la condición para el pago de una multa o sanción y finalmente la Resolución Regulatoria 01-00007-11 ya no se encuentra en vigencia, de modo que solicita  que la acción sea rechazada.