REVOCAR
En consecuencia, la suscrita Magistrada, no comparte la decisión asumida en la SCP 1170/2013-L de 4 de octubre, siendo más bien partidaria de REVOCAR la Resolución 19 de 20 de junio de 2013, cursante de fs. 2021 a 2024, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en base a los fundamentos jurídicos precedentemente expuestos, más aún si en la propia SCP 1170/2013-L, se indicó expresamente en el Fundamento Jurídico III.7 (Análisis del caso concreto), que : “…el otro inmueble embargado no era de propiedad ni de la ejecutada ni sus garantes”
