AUTO CONSTITUCIONAL 0440/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0440/2013-CA

Fecha: 06-Nov-2013

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

Manifiesta que, el 21 de junio del mismo año, en aplicación del art. 8.3 del Reglamento de Ética de la Cámara de Diputados, formuló denuncia contra la mencionada Diputada, por la intromisión y presión dentro del proceso judicial que se sustancia contra él, siendo que habría asistido a diferentes audiencias, y reuniones con fiscales y jueces que se encontrarían a cargo del proceso penal; con el fin de demostrar los hechos denunciados éste remitió prueba documental y testifical; sin embargo, la citada Comisión emitió resolución de rechazo de la denuncia con el argumento de la separación de poderes, dado que                 la jurisdicción concretamente penal es ejercida por la fiscalía y es independiente de la administrativa, refiriéndose a la Asamblea Legislativa, y al existir un proceso penal contra la Diputada por los delitos de tráfico de influencias, la comisión no podía ingresar al análisis del hecho.

Indican que, la resolución impugnada afecta sus derechos amplios e irrestrictos a la defensa y a la presunción de inocencia; toda vez que, la denunciada seguiría con los actos de injerencia y presiones ante jueces, fiscales y vocales, hecho anti ético que debe ser sancionado con el objeto de que la misma deje de atentar contra sus derechos.