Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2013-CA
Fecha: 21-Feb-2013
SUBSANAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 26.II del Código Procesal Constitucional, dispone que en el plazo de cinco días, la recurrente proceda a SUBSANAR la omisión en la que incurrió, bajo conminatoria de tener por no presentado el recurso.