AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0064/2013-CA

Fecha: 04-Mar-2013

rechazó

Por Resolución Administrativa 29-00022-13 de 4 de febrero de 2013, cursante de fs. 63 a 79, la AJ rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta con los siguientes fundamentos: 1) No existe vulneración del art. 14.IV de la CPE, ya que no se obliga al administrado a realizar acciones que no estén permitidas y menos al debido proceso, pues se garantizó a la empresa un juzgamiento imparcial, justo; 2) El ente fiscalizador al momento de iniciar el proceso administrativo sancionatorio, presumió la comisión de la contravención de operar sin licencia de operaciones, hasta demostrar dentro del mismo que efectivamente se estuvo operando los juegos de azar de esa forma, por lo que no existe infracción al principio de presunción de inocencia; 3) La accionante, no citó adecuadamente la disposición que pretende declarar inconstitucional, infringiendo el art. 24.4 del CPCo; 4) Las disposiciones legales contra las que se plantea la acción de inconstitucionalidad concreta, no serán aplicadas al momento de dictar resolución, impidiendo éste hecho que el juez constitucional pueda realizar su labor de depuración del ordenamiento jurídico; 5) No se realizó la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en         la decisión del proceso; y, 6) En el presente caso, no se dieron los presupuestos de procedencia, toda vez que el incidente de inconstitucionalidad fue formulado sin cumplir los requisitos establecidos por el artículo y Código antes mencionado.