SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2013

Fecha: 27-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Añade que recientemente, tomó conocimiento extraoficial que el Concejo Municipal de esa localidad, dirigida por la ahora autoridad hoy demandada, habría emitido las Resoluciones Municipales 040/2012 y 042/2012, por las cuales se acepta una renuncia forzosa y en segundo lugar se procede al  nombramiento de alcalde a.i.

Indica que, el 19 de noviembre de 2012, pretendió entregar a la ahora demandante una carta de reconsideración de las ilegales decisiones; sin embargo, la misma no fue recepcionada en razón a que las oficinas del Concejo Municipal se encontraban cerradas. El 23 de ese mes y año, con la intervención de un Notario de Fe Pública, nuevamente procuró entregar la carta en mano propia de la autoridad demandada, reiterándose la rotunda negativa.

Finalmente agrega que, una vez más pretendió hacer la entrega de la carta con la concurrencia del mismo Notario de Fe Pública; sin embargo, Nancy Chambi Bascopé, le respondió que dicha entrega debía efectuarse únicamente en su oficina, extremo de imposible cumplimiento dadas las circunstancias, debido a que el 29 del indicado mes y año, concurrió al Concejo Municipal de Machacamarca, encontrándose nuevamente con las puertas cerradas.