AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2013-CA
Fecha: 26-Abr-2013
Fragmento 3
El “PROF. III” del Departamento de Normas y Contencioso de la AJ, por memorial formulado el 27 de marzo de 2013, cursante de fs. 44 a 52, respondió a la acción de inconstitucionalidad concreta argumentando que, el 15 de noviembre de 2012, servidores públicos de la AJ, se constituyeron en el salón de juegos ubicado en las Av. Japón de la ciudad de la Paz, para desarrollar el trabajo de fiscalización y control, momento en el que este salón de juego se encontraba abierto y en funcionamiento, sin licencia de operación emitida por la AJ, aspecto que contraviene a la Ley 060, emitiéndose Auto de Apertura de proceso administrativo 09-000290-12 de 16 de noviembre de 2012 contra la empresa Corhat Bolivia S.A. emitiéndose la Resolución Sancionatoria 10-00097-13.