Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2013-ECA
Fecha: 21-May-2013
NO HA LUGAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 196.I de la Constitución Política del Estado; y, 13 del CPCo, resuelve declarar: NO HA LUGAR a la solicitud de complementación y enmienda, presentada por el accionante mediante su representante legal.