El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0538/2013 de 8 de mayo, por las siguientes razones de orden constitucional y legal:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0538/2013 de 8 de mayo, por las siguientes razones de orden constitucional y legal:

Fecha: 08-May-2013

se debió ingresar al análisis de fondo de la problemática

Por todo lo precedentemente expresado, en el caso de autos, admitida como se encontraba la acción de inconstitucionalidad concreta planteada, se debió ingresar al análisis de fondo de la problemática, y en su mérito declarar la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 54 inc. 4) del CPP, reformado por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal y el texto final del art. 393 Quater o en su defecto todo el Título V de la referida Ley, según corresponda, conforme a los cargos de inconstitucionalidad formulados por el accionante.